Preguntas frecuentes sobre el proceso de evaluación en la ANECA (Parte 2)

preguntas frecuentes
Resolvemos todas tus preguntas relacionadas con el proceso de evaluación de la ANECA.

Tabla de contenidos

 Otras de las preguntas protagonistas al respecto, según informa la Subdirección General de Ordenación, Seguimiento y Gestión de las Enseñanzas Universitarias son:

Pregunta: ¿Cuál es la documentación necesaria para solicitar el reconocimiento de un sexenio?

Respuesta: Unas de las documentaciones más importantes a tener en cuenta cuando se solicita un sexenio es:

  •  Impreso de solicitud firmado.
  • Currículum vitae abreviado. Cada aportación irá acompañada de un «breve resumen» en castellano, con el máximo que se establece en la aplicación telemática, que contenga los objetivos y resultados más sobresalientes de la investigación. 
  • Currículum vitae completo. Se recomienda que incluya exclusivamente las actividades de investigación, desarrollo e innovación.
  • Hoja de servicios original actualizada del período cuya evaluación se solicita, en la que conste el régimen de dedicación del solicitante durante dicho período.

P: El área de conocimiento que indique en mi solicitud, ¿va a limitar la certificación de mi evaluación de alguna manera?

R: No, la certificación de las evaluaciones positivas o negativas se realiza para las figuras contractuales sin estar en ningún caso vinculada a un área de conocimiento específico, aunque la solicitud se relacione en principio a un área de conocimiento concreta.

P: Ya he presentado la solicitud y está debidamente registrada, ¿dónde van a ir llegando los avisos durante el procedimiento?

R: La Sede Electrónica muestra en “Mis notificaciones” los avisos que vaya recibiendo con motivo del registro, subsanación, petición de documentación complementaria, desistimiento, etc. También recibirá en su correo electrónico el aviso de que ha recibido una notificación de Sede Electrónica.

P: Los datos personales pueden ser editados una vez se haya registrado la solicitud, ¿puedo modificarlos?

R: SÍ, se pueden modificar todos los datos personales que sean editables en Sede Electrónica. 

P: ¿De cuánto tiempo dispongo para subsanar una documentación tras recibir en la Sede Electrónica la notificación de la Secretaría General de Universidades?

R: Dispone de 10 días hábiles a contar desde la fecha en la que accedió a la notificación. Si no lo hace en ese plazo se le tendrá por desistida su solicitud y el estado será el de “Solicitud desestimada”. 

Como esta, cualquier otra duda que tengas relacionada con el proceso de acreditación por la ANECA, no dudes en consultarla. En ACREDITARSE te brindamos la asistencia necesaria para obtener resultados positivos en la evaluación de sexenios de investigación y acreditaciones académicas, y demás servicios. ¡Contáctanos AQUÍ!

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